Con el objetivo de realizar una identificación temprana de los casos sospechosos de COVID-19, el departamento de Recursos Humanos envió a la comunidad de SOLEM el protocolo que contiene las medidas sanitarias que se tomarán para el cuidado de cada uno de los colaboradores al momento de volver a la rutina de trabajo presencial.
En esta nota te comentaremos los puntos más relevantes del protocolo:
El personal designado para el control de acceso será el encargado de realizar un chequeo diario de los síntomas de los colaboradores, los cuales son:
- Fiebre (temperatura corporal de 37,8°C o más)
- Tos
- Disnea (dificultad respiratoria)
- Dolor torácico.
- Odinofagia (dolor de garganta al comer o tragar fluidos).
- Mialgias (dolores musculares).
- Escalofrío
- Cefalea (dolor de cabeza)
- Diarrea
- Anosmia (pérdida brusca del olfato)
- Ageusia (pérdida brusca del gusto)
Si el colaborador presenta dos o más de estos síntomas, nuestro equipo designado junto a RR.HH. realizarán cada una de estas acciones:
- Se derivará al trabajador/a inmediatamente a un centro de salud y no deberá continuar trabajando.
- Se entregarán todas las facilidades para el traslado del trabajador en forma segura al centro asistencial. De preferencia, en vehículo de transporte privado, sentado a más de un metro de distancia del conductor u otro pasajero, con uso de mascarilla. Además, se deberá sanitizar el vehículo después de su uso.
- De no poder realizarse el traslado de forma inmediata, el trabajador deberá permanecer en un área que le permita estar aislado de otras personas.
- El trabajador debe informar a su jefatura directa las personas que podrían corresponder a contacto estrecho en el ámbito laboral.
- Si el empleador o el trabajador considera que el posible contagio fue por exposición en el lugar de trabajo, podrá presentarse en un centro de salud de IST para su evaluación médica y calificación de origen de la enfermedad.
- En el caso señalado anteriormente, el empleador deberá efectuar la Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP) para ser entregada en (nombre de Organismo Administrador del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales).
- RR.HH. determinará si existieron personas trabajando cerca del afectado los días anteriores y serán informados por ser posibles contactos estrechos.
Los casos sospechosos tienen derecho a un reposo laboral por 4 días o hasta que se tenga el resultado del examen PCR. De resultar positivo, la licencia se extiende hasta los 14 días. Si la prueba de laboratorio da negativo, se suspende el reposo laboral y el colaborador deberá reanudar sus labores en SOLEM.
Los trabajadores que sean definidos como contactos estrechos en el ámbito laboral serán determinados según lo establezca la estrategia nacional de testeo, trazabilidad y aislamiento y sus disposiciones normativas, en la que participará el Instituto de Seguridad del Trabajo (IST). El seguimiento de los casos que se determinen como de origen laboral será realizado por el IST, con el fin de verificar el cumplimiento del aislamiento domiciliario y detectar sintomatología de la enfermedad, en el caso de los contactos estrechos.
Es obligación de los/as trabajadores/as responder a los llamados y entregar la información requerida en su seguimiento, además de seguir las indicaciones entregadas.
Para el caso de clientes, contratistas y proveedores a los que se les detecte sintomatología COVID-19 al ingreso a las instalaciones, se les prohibirá su ingreso y se les sugerirá ir al centro de salud más cercano para recibir una evaluación.


